Ideas a tener en consideración ante la irrupción de un nuevo mecanismo de control empresarial: el GPS

Autores/as

  • Jorge Arredondo Pacheco

Resumen

El presente artículo estudia la viabilidad de establecer un control permanente de los movimientos y desplazamientos del trabajador; semejante cuestión es la que he venido a denominar “monitorización permanente”. Las interrogantes que se han tenido en consideración refi eren a aspectos tales como, por ejemplo, si es jurídicamente defendible que el empresario pueda tomar conocimiento de todos los lugares que visita el trabajador, dónde se encuentra este en un momento determinado, las pausas que realiza y el tiempo que destina a estar en cada uno de ellos, etc. Sin perjuicio de la legítima vigilancia que corresponde al empresario respecto de las actividades profesionales encomendadas, la hipótesis inicial parte de la siguiente interrogante: ¿Constituiría ello un seguimiento indebido del trabajador?, ¿cabe establecer alguna limitación al respecto? Y es que, un control tal del trabajador por parte del empresario podría derivar en un control total de las acciones y movimientos que lleva a cabo el trabajador, más allá de las propias responsabilidades laborales. El GPS ideado para fi nes militares, al día de hoy es frecuentemente utilizado por la sociedad civil. El punto pasa entonces por determinar la procedencia de su incorporación como un mecanismo de control empresarial de las actividades de los trabajadores.

Palabras clave:

GPS, facultad de control empresarial, derecho a la intimidad, derechos fundamentales de los trabajadores

Biografía del autor/a

Jorge Arredondo Pacheco

Abogado, Máster en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Universidad Rey Juan Carlos, Madrid, España)