@article{Fernández Toledo_2016, title={Naturaleza y efectos de la comunicación de celebración de la asamblea constitutiva de un sindicato al empleador}, volume={3}, url={https://revistatrabajo.uchile.cl/index.php/RDTSS/article/view/42771}, DOI={10.5354/0719-7551.2012.42771}, abstractNote={El presente trabajo tiene como objetivo principal dar respuesta a la interrogante de si es necesario para la eficacia del fuero sindical del artículo 221 del Código del Trabajo, establecido en favor de los trabajadores que concurren a la constitución de un sindicato base, que la directiva sindical comunique a la empresa en que laboran los trabajadores constituyentes la celebración de la asamblea constitutiva, tal como lo dispone el artículo 225 del mismo Código. Finalidad que obliga a determinar el correcto sentido y alcance, tanto del artículo 221 incisos 3° y 4°, como del artículo 225 incisos 1° y 3°, ambos del Código del Trabajo, y la vinculación que existe entre ambos preceptos legales. De esta forma, se pretende determinar la naturaleza jurídica de la comunicación de celebración de la asamblea constitutiva de un sindicato al empleador y cuáles son las consecuencias que derivan de la misma, como también de su omisión o comunicación defectuosa.}, number={6}, journal={Revista Chilena de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social}, author={Fernández Toledo, Raúl}, year={2016}, month={ago.}, pages={pp. 53–86} }