[1]
E. Yáñez Monje, «Unifica jurisprudencia en el sentido que “los permisos sindicales, en tanto se pretendan regulados de manera distinta –superior– a la establecida por la ley, deben corresponder, o ser producto de una negociación que conste por escrito”», Rev. chil. derecho trab. segur. soc., vol. 4, n.º 8, pp. pp. 177–181, ago. 2016.