[1]
E. Yáñez Monje, «La empresa principal no es responsable de las remuneraciones adeudadas por el contratista, producto de la aplicación de la nulidad del despido (comentario a la sentencia de la Excma. Corte Suprema Rol N° 9669-2011)», Rev. chil. derecho trab. segur. soc., vol. 3, n.º 6, pp. pp. 267–272, sep. 2016.