Seguridad social y protección de las trabajadoras de casa particular

Autores/as

  • Hugo Cifuentes Lillo Pontificia Universidad Católica de Chile y Universidad Diego Portales, Chile
  • Marco Vasquez Bermejo Abogado, Chile

Resumen

Las trabajadoras de casa particular, como toda persona que presta servicios bajo dependencia y subordinación, están obligadas a incorporarse a la seguridad social, lo que no ha sido siempre en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores. En este artículo se revisa y analiza su actual cobertura prestacional y las condiciones en que ella se efectúa, en particular en situaciones de suspensión de contrato, desempleo y cesantía.

Palabras clave:

Trabajadores de casa particular, seguridad social, cesantía, desempleo, suspensión de contrato, indemnizaciones por término de servicios, protección social, pandemia del Covid-19.

Biografía del autor/a

Hugo Cifuentes Lillo, Pontificia Universidad Católica de Chile y Universidad Diego Portales, Chile

Hugo Cifuentes Lillo es abogado, Licenciado en Derecho de la Universidad de Chile, Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Profesor de Derecho de la Seguridad Social en la Pontificia Universidad Católica de Chile y Universidad Diego Portales. Su correo electrónico es hugocifuentes@hclabogado.cl.

Marco Vasquez Bermejo, Abogado, Chile

Marco Vásquez Bermejo es abogado, Licenciado en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Máster (c) en Dirección y Gestión de los Sistemas de Seguridad Social de la Universidad de Alcalá de Henares y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, OISS.